Jubilados: eximición del pago de servicios
Lunes, 16 Julio 2012 11:09La información necesaria y los requisitos para realizar el trámite podrás verlos aquí.
La Secretaría de Economía y Hacienda de 3 de Febrero, a través de la Dirección de Administración de Ingresos Públicos, informa sobre la eximición del pago de la Tasa por servicios generales a jubilados y pensionados. Los trámites se realizarán hasta el mes de Agosto de 2012, de lunes a viernes, en el entrepiso del edificio municipal, Alberdi 4840, Caseros.
Para acceder al beneficio, los vecinos deben cumplir con una serie de requisitos:
1. Ser titular de la vivienda única, de ocupación permanente y personal, cuya superficie no supere los 120 m2, cubiertos, y no posea local.
2. Que perciban jubilaciones y/o pensiones no superiores a $ 3.000 entre ambos cónyuges.
3. No arrendar a terceros, total o parcialmente la vivienda.
4. No poseer ningún otro bien, mueble ó inmueble, que esté sujeto a tasas o impuestos.
5. No percibir pensión ni ningún otro ingreso de su país de origen.
6. Los extranjeros deberán presentar comprobante del consulado de dicho país.
7. Los datos consignados en la presente solicitud serán el fiel reflejo de la verdad.
8. Los trámites son únicamente personales.
Si se efectúa este trámite por primera vez debe presentarse lo siguiente:
Fotocopia de Plano y Escritura de la propiedad
Tres recibos municipales año 2011
Recibo de jubilación y/o pensión de enero o febrero de 2011
Comprobante de ANSES, de Jubilación (figurando que no percibe pensión) o de Pensión (figurando que no cobre jubilación)
Extranjeros: Comprobante del Consulado de su país.
Documento de identidad (D.N.l., L.E. o L.C.)
En cambio, si se realiza la renovación deben presentar:
Tres recibos municipales año 2011.
Un recibo Municipal eximido año 2010.
U recibo de jubilación y/o pensión de enero o febrero de 2011.
Comprobante de ANSES, de Jubilación (figurando que no percibe pensión) o de Pensión (figurando que no cobre jubilación).
Para extranjeros: Comprobante del Consulado de su país.
Documento de identidad (D.N.l., L.E. o L.C.)







